Novedades legaltech y retos jurídicos de la inteligencia artificial

Última actualización: 13 enero 2026
  • La expansión del legaltech exige una gestión rigurosa de datos y cookies, con especial atención a la privacidad y al consentimiento del usuario.
  • Redes sociales e inteligencia artificial plantean dilemas legales sobre transparencia algorítmica, responsabilidad y protección de derechos fundamentales.
  • Debates como la posible personalidad jurídica de la IA y los retos lógicos de la argumentación jurídica obligan a replantear la formación del jurista.
  • Normas como la Ley de Vivienda de Andalucía muestran cómo la tecnología se integra en la planificación, la coordinación institucional y el acceso a la vivienda.

Novedades legaltech e inteligencia artificial

La revolución legaltech y el impacto de la inteligencia artificial están cambiando a gran velocidad la forma en la que se ejerce la abogacía, se imparten las clases de Derecho y se regulan derechos tan básicos como el acceso a la vivienda. En pocos años hemos pasado de hablar tímidamente de “nuevas tecnologías” en los despachos a encontrarnos con algoritmos que aconsejan estrategias procesales, herramientas que redactan documentos y marcos normativos que intentan ponerse al día.

Al mismo tiempo, la vida digital cotidiana gira en torno a las redes sociales y a un uso masivo de datos personales donde las cookies, la publicidad personalizada y la analítica avanzada se han convertido en la norma. Todo esto plantea preguntas muy serias: ¿cómo protegemos la privacidad?, ¿qué responsabilidad tiene una inteligencia artificial que toma decisiones autónomas?, ¿están las leyes respondiendo a tiempo al cambio tecnológico?, ¿qué papel le queda al jurista humano?

Legaltech, datos personales y el papel de las cookies

El ecosistema legaltech no se entiende sin hablar de datos. La mayoría de soluciones tecnológicas aplicadas al Derecho se apoyan en enormes volúmenes de información: expedientes digitalizados, historiales de navegación, registros de usuarios y todo tipo de trazas electrónicas. En este contexto, las cookies han pasado de ser un detalle técnico a convertirse en una pieza central de la regulación de la privacidad.

Las cookies necesarias son las que permiten que una web funcione correctamente: mantener la sesión iniciada, recordar el contenido de la cesta en un proceso de compra, gestionar preferencias básicas de idioma o seguridad, entre otras funciones. Desde el punto de vista jurídico, se consideran imprescindibles para la prestación del servicio y, por eso, no requieren el consentimiento previo del usuario, siempre que se usen dentro de lo estrictamente necesario.

En paralelo, han cobrado protagonismo las cookies de terceros con fines analíticos, que permiten a los titulares de la web saber cómo navegan los usuarios: qué páginas visitan, cuánto tiempo permanecen, desde qué dispositivo acceden, qué rutas de navegación siguen, etc. Esta información se emplea para mejorar la experiencia de usuario, pero también implica un tratamiento de datos personales (o, al menos, potencialmente identificables) que exige transparencia y una base jurídica adecuada, normalmente el consentimiento.

Junto a ellas encontramos las cookies publicitarias o de marketing, diseñadas para elaborar perfiles y ofrecer anuncios adaptados a los hábitos de navegación. Analizan qué se visita, qué se busca, dónde se pincha y, con ello, generan audiencias segmentadas. El resultado son campañas de publicidad muy precisas, pero al precio de una monitorización constante del usuario. De ahí que la normativa europea (RGPD, Directiva ePrivacy y sus transposiciones nacionales) exija un consentimiento granular, informado y, sobre todo, libre.

El usuario debe poder rechazar cualquier cookie que no sea estrictamente necesaria. Esto significa que las webs están obligadas a ofrecer mecanismos sencillos para configurar las preferencias, incluyendo la opción de desactivar analíticas y publicidad personalizada. Ahora bien, renunciar a ciertas cookies puede afectar a la experiencia de navegación: contenidos que tardan más en cargarse, funciones limitadas o una personalización mucho más pobre.

Desde la óptica legaltech, la gestión de cookies es un ejemplo práctico de cómo el Derecho se integra en la experiencia digital: banners de consentimiento diseñados con criterios de UX, paneles de configuración automatizados y auditorías continuas para verificar que lo declarado en la política de cookies se corresponde con la realidad técnica del sitio web.

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Redes sociales, documentales de referencia y dilemas legales

Redes sociales y dilemas legales

Las redes sociales se han convertido en el gran laboratorio de problemas jurídicos asociados a la inteligencia artificial. Son espacios donde confluyen algoritmos de recomendación, sistemas automatizados de moderación de contenidos, publicidad hipersegmentada y una ingente cantidad de datos personales, todo ello con un impacto directo en derechos fundamentales como la libertad de expresión o la protección de la intimidad.

Buena muestra de esto es el éxito de documentales como “El dilema de las redes sociales” (The Social Dilemma), dirigido por Jeff Orlowski, quien ya se había ocupado antes de temas de interés público como el cambio climático en producciones como Chasing Ice y Chasing Coral. En esta ocasión, su foco se centra en cómo las grandes plataformas digitales utilizan la psicología del usuario y poderosos algoritmos de IA para captar atención, retener a las personas conectadas y moldear comportamientos.

El documental pone el dedo en la llaga sobre cuestiones clave para juristas y reguladores: la opacidad de los sistemas de recomendación, la ausencia de controles efectivos sobre el diseño de los algoritmos, los conflictos de interés entre la rentabilidad corporativa y la protección de los usuarios, y el riesgo de amplificación de noticias falsas o contenidos extremistas. Cada uno de estos elementos plantea posibles responsabilidades legales que aún están en construcción.

Además, las redes sociales se han convertido en un terreno donde se cruzan Derecho de consumo, protección de datos, propiedad intelectual y derecho penal. Desde la retirada de contenidos ilícitos hasta la gestión de discursos de odio, pasando por las reclamaciones por uso no autorizado de obras protegidas, los operadores jurídicos necesitan entender en profundidad la lógica técnica de estas plataformas.

En este contexto, la inteligencia artificial juega un doble papel: es parte del problema (cuando se utiliza para amplificar contenidos dañinos o discriminar a determinados colectivos) y, al mismo tiempo, parte de la solución (cuando se aplica para detectar patrones de abuso, fraudes o delitos en línea). Este equilibrio delicado subraya la importancia de un marco legal flexible, pero exigente, que obligue a las empresas tecnológicas a realizar evaluaciones de impacto y a rendir cuentas por el diseño de sus sistemas.

La personificación jurídica de la inteligencia artificial

Uno de los debates más intensos en el ámbito legaltech gira en torno a la posible “personalidad jurídica” de la inteligencia artificial. La idea, que hace unos años parecía ciencia ficción, ha llegado a las instituciones europeas y a las principales escuelas de Derecho, y se discute abiertamente si algunos sistemas de IA avanzada deberían tener un estatus especial a efectos de responsabilidad.

Para entender el trasfondo de este debate, merece la pena recordar la influencia del concepto “code is law” (el código es ley), popularizado por Lawrence Lessig, profesor de Derecho constitucional en la Universidad de Stanford. En su obra “Code and Other Laws of Cyberspace”, Lessig explicaba cómo el diseño del software y de la arquitectura digital condiciona lo que los usuarios pueden o no pueden hacer, en una medida equiparable -y a veces superior- a la de las normas jurídicas tradicionales.

Si el código determina el comportamiento posible en un entorno digital, en cierta forma actúa como una norma impuesta por quien diseña el sistema. Aplicado a la inteligencia artificial, esto lleva a preguntarse quién responde cuando un algoritmo toma decisiones con efectos jurídicos: ¿el programador, la empresa que implementa la solución, el usuario que la activa o, hipotéticamente, el propio sistema, si se le reconociera algún tipo de personalidad diferenciada?

La discusión sobre la personificación jurídica de la IA se ha avivado en escenarios como los vehículos autónomos, los robots colaborativos o los agentes de software capaces de celebrar contratos. Ante accidentes, daños o perjuicios económicos ocasionados por una máquina que actúa con un alto grado de autonomía, el esquema clásico de responsabilidad del fabricante o del usuario comienza a quedarse corto en algunos supuestos complejos.

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Aun así, la mayoría de la doctrina se muestra cauta con la idea de otorgar personalidad jurídica plena a sistemas de IA. Se teme que pueda utilizarse como vía para diluir la responsabilidad de las empresas detrás de “entes artificiales” con patrimonio mínimo o inexistente, dificultando el resarcimiento de las víctimas. Por ahora, las propuestas más realistas se orientan hacia regímenes de responsabilidad específicos, seguros obligatorios y obligaciones reforzadas de diligencia en el diseño y despliegue de estos sistemas.

Inteligencia artificial: un reto intelectual para juristas

Más allá de la infraestructura normativa, la inteligencia artificial plantea un desafío intelectual profundo a quienes estudian y ejercen el Derecho. No se trata solo de aprender a usar nuevas herramientas, sino de replantearse la lógica del razonamiento jurídico, la forma de enseñar argumentación y la manera de entender conceptos clásicos como culpa, causalidad o prueba.

Un sencillo ejercicio lógico lo ilustra bien: imaginemos las siguientes afirmaciones: “Todos los estudiantes de derecho son miopes. Algunos miopes no toleran las lentillas. Entonces, algunos estudiantes de derecho no toleran las lentillas”. A simple vista, puede parecer un razonamiento válido, pero exige un análisis cuidadoso de la estructura de las premisas para determinar si la conclusión se sigue necesariamente.

Este tipo de problemas lógicos son el pan de cada día en el diseño de sistemas de inteligencia artificial aplicados al Derecho. Cuando se construyen modelos que deben extraer conclusiones a partir de normas y hechos, es clave definir con precisión qué inferencias son aceptables y bajo qué condiciones. Los juristas, acostumbrados a manejar conceptos indeterminados y principios generales, se encuentran de pronto ante la necesidad de formalizar razonamientos que, hasta ahora, se hacían de forma más intuitiva.

Además, el uso de IA en tareas como la predicción de resultados judiciales, la clasificación de documentos o la evaluación de riesgos penales obliga a revisar cómo valoramos la prueba, qué entendemos por imparcialidad y cómo garantizamos la ausencia de sesgos discriminatorios. Si un algoritmo aprende de resoluciones históricas plagadas de prejuicios, es muy probable que los reproduzca, a menudo de manera menos visible, pero igual de dañina.

Para el profesional del Derecho, esto implica adquirir una competencia tecnológica básica: no hace falta convertirse en programador, pero sí entender cómo funcionan los modelos de aprendizaje automático, qué significan conceptos como sobreajuste, conjunto de entrenamiento o explicabilidad, y cuáles son los límites prácticos de las herramientas de IA que se incorporan a la práctica jurídica.

Legaltech y vivienda: un nuevo marco normativo en Andalucía

La transformación tecnológica no solo afecta al mundo digital “puro”, sino también a sectores muy tangibles como el mercado de la vivienda. En este ámbito, la combinación de plataformas en línea, bases de datos públicas, registros electrónicos y analítica avanzada está cambiando la forma de planificar las ciudades, gestionar el parque de vivienda protegida y supervisar los mercados de alquiler y compraventa.

En este contexto, la Comunidad Autónoma de Andalucía ha aprobado un marco normativo integral en materia de vivienda, con el objetivo de garantizar el derecho a un alojamiento digno y asequible. Se trata de la Ley 5/2025, de 16 de diciembre, de Vivienda de Andalucía, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el 24 de diciembre de 2025, que aborda de manera conjunta la planificación urbanística, la vivienda protegida y el funcionamiento del mercado residencial.

Esta ley persigue dotar de coherencia a las distintas piezas que conforman la política de vivienda: desde la identificación de necesidades en cada territorio, hasta el diseño de programas de acceso y el control de usos inadecuados. La norma se apoya en la utilización intensiva de información, registros administrativos y herramientas digitales para realizar diagnósticos más precisos y tomar decisiones basadas en datos.

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Un aspecto relevante es que se refuerzan las competencias de las administraciones públicas en la gestión y supervisión del mercado residencial. Ayuntamientos, Diputaciones y la administración autonómica deben coordinarse para planificar la oferta de vivienda, reservar suelo para promoción pública, controlar la efectiva utilización de la vivienda protegida y detectar situaciones de vulnerabilidad que requieran actuaciones específicas.

La ley apuesta, además, por impulsar la colaboración público-privada como herramienta para ampliar la oferta de vivienda asequible. Mediante convenios, incentivos y marcos estables de cooperación, se pretende implicar a promotores, entidades financieras y otros agentes del sector en la consecución de objetivos sociales, utilizando plataformas digitales de información y tramitación para agilizar procesos y mejorar la transparencia.

Para canalizar esta coordinación, se crea el Consejo Andaluz de la Vivienda como órgano de encuentro y asesoramiento. Este consejo sirve de espacio para compartir información, evaluar el impacto de las medidas adoptadas y proponer nuevas estrategias. En la práctica, se espera que funcione como un nodo en el que confluyan datos procedentes de diversos sistemas de información, muchos de ellos gestionados con herramientas tecnológicas avanzadas.

Legaltech en la práctica profesional y académica

La suma de todos estos cambios está redefiniendo el día a día de los profesionales del Derecho. Los despachos integran cada vez más soluciones de gestión documental automatizada, revisión inteligente de contratos y análisis predictivo de litigios. Los departamentos jurídicos corporativos utilizan plataformas para monitorear cambios normativos en tiempo real y evaluar riesgos mediante cuadros de mando que cruzan datos internos y fuentes externas.

En el ámbito académico, las facultades de Derecho empiezan a incluir asignaturas específicas de tecnología jurídica, análisis de datos legales y ética de la inteligencia artificial. Tanto estudiantes como profesorado se ven empujados a repensar la enseñanza tradicional, introduciendo casos prácticos sobre algoritmos de decisión, plataformas digitales o responsabilidades derivadas de sistemas autónomos y participando en eventos sobre actualidad jurídica.

Este proceso también conlleva una reflexión profunda sobre las habilidades que necesita el jurista del futuro: capacidad de trabajar con equipos multidisciplinares, comprensión de conceptos básicos de programación y estadística, familiaridad con herramientas colaborativas en la nube y, sobre todo, criterio crítico para valorar cuándo confiar en una solución automatizada y cuándo es imprescindible la intervención humana.

En paralelo, los reguladores y poderes públicos deben adaptarse a una realidad donde las normas se aplican en entornos altamente digitalizados. La supervisión del cumplimiento normativo pasa por sistemas de monitorización continua, auditorías algorítmicas y esquemas de certificación tecnológica. Auditoras, autoridades de control y órganos jurisdiccionales se ven obligados a incorporar peritos y especialistas capaces de descifrar el funcionamiento de modelos complejos de IA.

Frente a este panorama, la ética se convierte en un componente indispensable de cualquier iniciativa legaltech. No basta con ajustarse formalmente a la letra de la ley; es necesario evaluar el impacto real de las tecnologías en la dignidad de las personas, en la igualdad de oportunidades y en el acceso efectivo a la justicia. Esto exige códigos de conducta, marcos de autorregulación y una cultura profesional que ponga a las personas en el centro.

Las novedades legaltech y el avance de la inteligencia artificial están configurando un nuevo ecosistema jurídico en el que la protección de la privacidad mediante una correcta gestión de cookies, los dilemas que plantean las redes sociales, los debates sobre la personalidad jurídica de la IA, los retos lógicos para la argumentación jurídica y la aprobación de marcos normativos como la Ley andaluza de vivienda son piezas de un mismo puzle: un Derecho que debe reinventarse para seguir garantizando derechos en un mundo cada vez más digitalizado y complejo.

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